Consecuencias Legales para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal Federal

  En México, las personas menores de 18 años que cometen delitos no son juzgadas bajo el mismo sistema que los adultos. En su lugar, existe un Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, establecido en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (LNSIJPA). Esta ley tiene como objetivo proteger los derechos humanos del menor, garantizar su reinserción social y evitar la criminalización excesiva.

¿Quiénes son considerados adolescentes para la ley?

    En México, las personas menores de 18 años que cometen delitos no son juzgadas bajo el mismo sistema que los adultos. En su lugar, existe un Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, establecido en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (LNSIJPA). Esta ley tiene como objetivo proteger los derechos humanos del menor, garantizar su reinserción social y evitar la criminalización excesiva.

Adolescentes entre 12 y 17 años son sujetos a este sistema especializado.

Menores de 12 años no pueden ser responsabilizados penalmente, y su atención debe ser canalizada a instituciones de asistencia social o protección de derechos.

Etapas etarias en México para adolescentes en conflicto con la ley penal

   En México, el sistema de justicia para adolescentes en conflicto con la ley se basa en un marco especializado que reconoce las particularidades del desarrollo evolutivo de las personas menores de edad. Este sistema está regulado principalmente por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (LNSIJPA), que forma parte del Código Nacional de Procedimientos Penales y del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

La ley distingue las etapas etarias (grupos por edad) para aplicar medidas diferenciadas, tanto en la responsabilidad como en las sanciones. Estas son:

1. Menores de 12 años

No son penalmente responsables.

Si cometen una conducta tipificada como delito, no pueden ser procesados penalmente.

Se canalizan a instancias de asistencia social, como el DIF, para atención, protección y seguimiento.

2. Adolescentes de 12 a menos de 14 años

Sí son sujetos del sistema de justicia para adolescentes, pero con una responsabilidad reducida.

Solo pueden imponérseles medidas de orientación, supervisión o tratamiento, no privativas de la libertad.

El enfoque es totalmente educativo, terapéutico y no punitivo.

3. Adolescentes de 14 a menos de 16 años

Son penalmente responsables, pero con un grado menor de imputabilidad.

Pueden recibir medidas sancionadoras, incluyendo internamiento, pero:

Por un tiempo menor al de los adolescentes mayores.

Deben priorizarse medidas en libertad como la libertad asistida, servicios a la comunidad o reparación del daño.

4. Adolescentes de 16 a menos de 18 años

Tienen mayor grado de responsabilidad penal dentro del sistema adolescente.

Pueden imponérseles todas las medidas previstas por la ley, incluyendo:

Internamiento en centros especializados.

Medidas en libertad con supervisión.

La duración de las medidas puede ser mayor, según la gravedad del delito.

Aun así, no se les juzga como adultos, y se deben respetar los principios del sistema especializado.

A ningún adolescente se le puede juzgar con las mismas reglas que a un adulto, sin importar el delito cometido.

Todo el sistema debe operar bajo principios como:

Interés superior del adolescente.

Dignidad humana.

Especialización de autoridades.

Proporcionalidad de las sanciones.

Reintegración social y familiar.

¿Qué tipo de delitos se consideran del fuero federal?

  Los delitos federales son aquellos que afectan intereses de la Federación. Algunos ejemplos en los que adolescentes pueden estar involucrados:

Delincuencia organizada

Tráfico de drogas

Portación de armas de uso exclusivo del Ejército

Tráfico de personas o migrantes

Secuestro, terrorismo, entre otros

 

 

Medidas que pueden imponerse legalmente

Dependiendo de la edad, la gravedad del delito y las circunstancias del caso, el juez puede imponer medidas socioeducativas, como:

Amonestación y advertencia

Apoyo psicológico o social

Trabajo comunitario

Libertad asistida

Internamiento domiciliario o en centros especializados (en los delitos más graves, especialmente si son reincidentes)

Reparación del daño a las víctimas, que puede ser económica, simbólica, o mediante servicios a la comunidad

¿Qué pasa si el delito es grave?

Cuando se trata de delitos graves del fuero federal (como los mencionados), el adolescente puede ser sometido a una medida de internamiento de hasta:

5 años si tiene entre 12 y 14 años

Hasta 10 años si tiene entre 14 y 16 años

Hasta 15 años si tiene entre 16 y 18 años (esto en casos excepcionales)

Sin embargo, el objetivo siempre debe ser educativo, no punitivo, conforme al principio de interés superior del menor.

Problemas actuales en la aplicación de la ley

 

     En estados como Tamaulipas, se han detectado varias problemáticas:

Sobrecriminalización de adolescentes por delitos graves sin tomar en cuenta su contexto social.

Falta de defensa adecuada, asesoría legal o acompañamiento psicológico.

Poca implementación de medidas de justicia restaurativa, especialmente en cuanto a la reparación del daño a las víctimas.

Déficit de centros especializados de internamiento con enfoque educativo y de reinserción.